Identificador del documento: gsbpnpzyzbgthxnm0jqboybu
CONTRATO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS
(Data Processing Agreement — Distribuidores e Integradores de la plataforma Manivox)
Celebrado entre:
MANIFONE, sociedad por acciones simplificada con un capital de 100 000,00 €, inscrita en el RCS de Vannes con el número 492 486 014 (IVA FR32 492 486 014), con domicilio social en 10, rue Henri Becquerel, PIBS – Bâtiment Irus, 56000 Vannes, que opera bajo la marca comercial « Manivox » su actividad de agentes vocales IA, representada por Lounis Goudjil, Presidente, debidamente autorizado(a) (en adelante « Manifone » o el « Encargado del tratamiento »)
Y
[distributeur.raison_sociale], [distributeur.forme_juridique], con un capital de [distributeur.capital] €, inscrita en el RCS de [distributeur.rcs_ville] con el número [distributeur.rcs_numero], con domicilio social en [distributeur.adresse], representada por [distributeur.representant_nom], [distributeur.representant_qualite], debidamente autorizado(a) (en adelante el « Distribuidor »)
Documento autónomo referenciado por las Condiciones Generales de Uso de la plataforma Manivox (« CGU »), accesible por enlace desde la Consola — Versión 1.1 de 27/10/2026
El presente Contrato de encargado del tratamiento de datos (el « DPA ») tiene por objeto regular, conforme al artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 (« RGPD »), las condiciones en las que Manifone trata, por cuenta del Distribuidor, datos personales en el marco de la prestación, por este último, de soluciones de agentes vocales inteligentes a sus propios clientes (los « Clientes Finales »).
« Manivox » designa tanto la marca comercial como la actividad (unidad de negocio) de Manifone dedicada a los agentes vocales IA, así como la plataforma de software homónima puesta a disposición del Distribuidor para la creación y explotación de sus agentes vocales. El presente DPA utiliza « Manifone » o el « Encargado del tratamiento » para designar a la sociedad misma en el ejercicio de sus derechos y obligaciones, y « Manivox » para designar la marca, el Servicio o la plataforma.
El Distribuidor diseña y explota íntegramente los agentes vocales proporcionados a sus Clientes Finales (flujo conversacional, guion, denominación del agente, elección del o de los modelos de lenguaje utilizados, documentos y fuentes de la base de conocimientos, conectores y herramientas puestas a disposición), sobre una infraestructura técnica proporcionada por Manifone que incluye los componentes de reconocimiento de voz (« STT »), de síntesis de voz (« TTS »), de alojamiento y de telefonía, así como, según las opciones elegidas por el Distribuidor, modelos de lenguaje (« LLM ») autoalojados por Manifone, una base de conocimientos (« RAG »), conectores hacia herramientas empresariales, funciones de asistencia por IA y un portal cliente. El Distribuidor también puede conectar sus propios modelos, bases de conocimientos y herramientas de terceros (modo « BYOK »). El Distribuidor comercializa el Servicio ya sea bajo la marca Manivox, ya sea bajo su propia marca (marca blanca), según el régimen elegido en el Artículo 4.
El presente DPA complementa el contrato celebrado entre Manifone y el Distribuidor para el acceso a la plataforma Manivox, formado por el Pedido, las Condiciones Generales de Uso y sus anexos (en adelante el « Contrato Marco »), y forma parte integrante del mismo. Constituye un documento autónomo, accesible por enlace desde la Consola y desde las CGU. En caso de contradicción, sus estipulaciones prevalecen sobre las del Contrato Marco para cualquier cuestión relativa al tratamiento de datos personales, conforme al artículo 2 de las CGU. Se celebra por adhesión según las modalidades precisadas en el Artículo 26. El presente DPA emplea un vocabulario propio de los tratamientos de datos; la correspondencia con los términos definidos de las CGU figura en el Artículo 1.2.
Término | Definición |
|---|---|
Manifone | La sociedad Manifone S.A.S. (el « Prestador » en el sentido de las CGU), firmante del presente DPA, en adelante también designada el « Encargado del tratamiento », que explota su actividad de agentes vocales IA bajo la marca comercial « Manivox ». |
Manivox | Designa, según el contexto, la marca comercial de Manifone para su actividad de agentes vocales IA, y/o la plataforma de software homónima puesta a disposición del Distribuidor. No designa a Manifone en sí misma. |
Cliente Final | Persona jurídica (o, en su caso, física) que ha suscrito con el Distribuidor un servicio de agente vocal basado en la plataforma Manivox, disponiendo de una cuenta aislada en la plataforma. El Cliente Final es, por regla general, el Responsable del tratamiento de los Datos. |
Interesados | Las personas físicas cuyos Datos son tratados: llamantes y usuarios finales de los agentes vocales, contactos que figuran en las herramientas empresariales y fuentes conectadas, personas mencionadas en los documentos indexados, usuarios del Portal Cliente y, en su caso, empleados o representantes del Cliente Final y del Distribuidor. |
Datos | Cualquier dato personal en el sentido del artículo 4.1 del RGPD tratado en el marco del Servicio, incluyendo en particular las grabaciones de audio, las transcripciones, los resúmenes de llamadas, las metadatos de llamadas, las Variables, los registros de llamadas de herramientas, los documentos indexados y los datos de cuenta del Portal Cliente. |
Datos Sensibles | Las categorías especiales de datos contempladas en el artículo 9 del RGPD (en particular datos de salud) y los datos relativos a condenas penales e infracciones contemplados en el artículo 10 del RGPD. |
Servicio | La solución de agente vocal IA proporcionada por Manifone y distribuida por el Distribuidor, bajo la marca Manivox o bajo su propia marca según el Régimen de Marca elegido. |
Régimen de Marca | El modo de comercialización adoptado por el Distribuidor conforme al Artículo 4: distribución bajo marca Manivox (Opción 1) o marca blanca (Opción 2). |
Subencargado | Cualquier tercero al que Manifone recurra para todo o parte del tratamiento de los Datos por cuenta del Distribuidor. |
LLM | Modelo de lenguaje (Large Language Model) utilizado para el tratamiento conversacional del agente vocal o para las funciones de asistencia por IA. Para los agentes vocales, el LLM es autoalojado por Manifone o conectado por el Distribuidor en modo BYOK (véase Artículo 10). |
BYOK | «Bring Your Own Key»: modo de conexión en el que el Distribuidor conecta a la plataforma un LLM, una base de conocimientos, un chatbot, un servicio web, un servidor MCP o cualquier otra herramienta de terceros mediante su propio contrato y sus propios accesos, independientemente de Manifone. |
Conector | Integración que permite a un agente vocal leer o escribir datos en una herramienta empresarial de terceros (CRM, agenda, mensajería, ticketing…), a través de la plataforma de integración de terceros operada por Manifone (identificada en el Anexo 2a y en el Registro de Subencargados) o a través de un servicio web configurado por el Distribuidor. |
Portal del Cliente | El panel de control distinto, alojado por Manifone en el dominio manivox.ai, en el que los usuarios designados de un Cliente Final se conectan para consultar los agentes, llamadas, grabaciones, transcripciones, conexiones y estadísticas de su única cuenta. |
Copilot | Función opcional de asistencia al diseño de agentes, disponible por defecto y que solo implica la transmisión de contenidos en caso de uso efectivo, basada en un LLM de terceros identificado en el Anexo 2a y en el Registro de Encargados del Tratamiento (véase Artículo 11.4). |
KB Doctor | Función de análisis de la calidad de las bases de conocimientos, basada en un LLM autoalojado por Manifone (véase Artículo 11.4). |
Violación de Datos | Violación de seguridad que provoca la destrucción, pérdida, alteración, divulgación o acceso no autorizado a Datos, en el sentido del artículo 4.12 del RGPD. |
Contrato Marco | El « Contrato » en el sentido de las CGU: el conjunto formado por el Pedido aceptado por el Distribuidor, las Condiciones Generales de Uso de la plataforma Manivox y sus anexos. |
Pedido | La orden de pedido, documento o resumen de suscripción aceptado por el Distribuidor, en el sentido de las CGU, que identifica a las Partes, el Régimen de Marca, en su caso las duraciones de retención acordadas, y la fecha de entrada en vigor. Las capacidades de la plataforma (Portal del Cliente, BYOK, Almacenamiento en el Cliente, Conectores, Copilot) están disponibles por defecto; su implementación depende de la configuración en la Consola, la cual constituye instrucciones documentadas (Artículo 6). |
Consola | La interfaz de gestión y supervisión puesta a disposición del Distribuidor, en el sentido de las CGU. |
Almacenamiento en el Cliente | Opción implementada mediante la configuración de la cuenta en la Consola, por la cual las grabaciones de audio se escriben directamente en la infraestructura de almacenamiento de objetos designada por el Distribuidor o su Cliente Final, sin conservación duradera por parte de Manifone (artículo 6.1 de las CGU). |
Registro de Encargados del Tratamiento | La actualización del Anexo 2a y de la identidad de los componentes internos de identidad variable del Anexo 2b (en particular los modelos de lenguaje autoalojados), mantenida por Manifone en el espacio Jurídico de la Consola y accesible al Distribuidor tras autenticación, que constituye el registro que da fe de los Subencargados que intervienen para la plataforma Manivox. Los usuarios del Portal del Cliente acceden a él en consulta, en forma de una lista neutra (sin formato ni referencia al presente DPA). El Registro no es público. |
RAG | Sistema de generación aumentada por recuperación (Retrieval-Augmented Generation) que permite al agente vocal consultar una base de conocimientos compuesta por documentos cargados, fuentes conectadas o páginas web indexadas. |
Variable | Dato estructurado, proveniente en particular de un Conector, de un servicio web, de una cabecera SIP o de la conversación, almacenado en las bases de Manifone y puesto a disposición del agente vocal en el marco de un flujo de trabajo definido por el Distribuidor. |
AI Act | El Reglamento (UE) 2024/1689 que establece normas armonizadas sobre inteligencia artificial. Los términos «Proveedor» y «Desplegador» se entienden según sus artículos 3(3) y 3(4). |
Fecha de Entrada en Vigor | La fecha de firma del presente DPA o, en ausencia de firma separada, la fecha de aceptación del Pedido por el Distribuidor (véase Artículo 26). |
Las CGU y el presente DPA designan las mismas realidades con términos diferentes, las primeras describiendo la relación comercial y el segundo los tratamientos de datos. Se aplican las siguientes correspondencias; en caso de duda, la definición del presente DPA prevalece para las cuestiones de protección de datos.
Término del DPA | Término de las CGU | Precisión |
|---|---|---|
Manifone / Encargado del tratamiento | Prestador | Misma entidad jurídica. |
Distribuidor | Cliente | El Cliente de las CGU es siempre un profesional; el DPA lo denomina Distribuidor, actúe para sus Clientes Finales o para sus propias necesidades (Artículo 3.4). |
Cliente Final | Cliente Subyacente | Responsable del tratamiento en el caso general (Artículo 3.1); abarca a todo cliente por cuenta del cual se explota un agente, acceda o no a la plataforma. |
Interesados | Usuarios Finales (y, en parte, Usuarios Autorizados) | El DPA se refiere a toda persona física cuyos Datos son tratados, más allá de los únicos interlocutores de los Agentes. |
Usuarios del Portal Cliente | Usuarios Autorizados vinculados a un Cliente Subyacente | Cuentas creadas en virtud del artículo 8 de las CGU. |
Contrato Marco | Contrato (Pedido + CGU + anexos) | — |
Servicio / plataforma Manivox | Servicio / Plataforma | — |
Consola | Consola | El Portal Cliente es la vista de la Consola abierta a los Clientes Subyacentes. |
Datos | Datos del Cliente, Conversaciones, Audio, Outputs | El DPA solo retiene la componente de carácter personal. |
Grabaciones de audio / transcripciones / resúmenes | Audio / transcripciones / Outputs | — |
Flujo conversacional, guion | Prompts | — |
Conector | Conector integrado en la Plataforma | — |
Proveedor BYOK | Opción BYOK / Clave API del Cliente | El DPA extiende la noción a cualquier tercero conectado por el Distribuidor (Artículo 9.4). |
Ficha Distribuidor (Anexo 6) | Pedido | La información del Anexo 6 se incluye en el Pedido o se completa en la Consola. |
El presente DPA se aplica a todo tratamiento de Datos realizado por Manifone por cuenta del Distribuidor en el marco de la prestación del Servicio, siempre que un Cliente Final utilice un agente vocal configurado por el Distribuidor, o que el Distribuidor utilice el Servicio para sus propias necesidades. Precisa los respectivos roles de las Partes, la naturaleza y las finalidades del tratamiento, así como las garantías y obligaciones recíprocas previstas por el artículo 28 del RGPD.
Las Partes reconocen que, en el caso general, el tratamiento de los Datos se inscribe en la siguiente cadena: el Cliente Final es el Responsable del tratamiento, quien determina las finalidades del tratamiento y contrata el Servicio para sus propias necesidades; el Distribuidor es el Encargado del tratamiento del Cliente Final, quien diseña y explota el agente vocal por cuenta de este; Manifone es el Subencargado del Distribuidor en el sentido del artículo 28.4 del RGPD, quien proporciona la infraestructura técnica del Servicio.
El presente DPA constituye en consecuencia un contrato de subencargo: las obligaciones que impone a Manifone reflejan aquellas que el Distribuidor ha contraído a su vez frente a sus Clientes Finales, y el Distribuidor se compromete a que sus contratos con sus Clientes Finales contengan obligaciones de protección de datos sustancialmente equivalentes a las del presente DPA, así como las estipulaciones de la base contractual que figura en el Anexo C de las CGU, acceda o no el Cliente Final a la plataforma. Manifone se reserva el derecho de solicitar una certificación de conformidad de dichos contratos.
El Distribuidor, en su calidad de Encargado del tratamiento de sus Clientes Finales, determina los medios no esenciales del tratamiento en el marco de las finalidades fijadas por estos, en particular: el flujo conversacional y el guion, la denominación del agente, la elección del LLM entre las dos opciones previstas en el Artículo 10, los parámetros de retención, las fuentes de la base de conocimientos, los Conectores y herramientas puestas a disposición, y los usuarios autorizados en el Portal Cliente. El Distribuidor garantiza que estas elecciones se inscriben en las instrucciones de sus Clientes Finales y no modifican las finalidades determinadas por ellos. El Distribuidor es el único responsable de la licitud de los tratamientos que configura y de las instrucciones que da a Manifone.
Manifone actúa en calidad de Subencargado del Distribuidor para el alojamiento y la explotación técnica del Servicio, en particular los módulos STT y TTS, la infraestructura de alojamiento, la telefonía, el Portal Cliente, la plataforma de integración y, según el caso previsto en el Artículo 10, todo o parte del tratamiento LLM. Manifone solo trata los Datos conforme a las instrucciones documentadas del Distribuidor, tal como se formalizan mediante la configuración de la plataforma, los parámetros elegidos para cada agente y cada cuenta, y el presente DPA.
El Distribuidor puede operar ciertos agentes para sus propias necesidades (por ejemplo, su propia centralita telefónica o su propia prospección), en paralelo con los agentes que opera en nombre de sus Clientes Finales. La calificación se realiza entonces agente por agente, de pleno derecho: para los Datos tratados por un agente operado para su propia cuenta, el Distribuidor es Responsable del tratamiento y Manifone su Encargado del tratamiento directo en el sentido del artículo 28.3 del RGPD; los demás agentes permanecen sujetos a la cadena del Artículo 3.1. El presente DPA se aplica a los agentes propios mutatis mutandis, siendo las referencias al Cliente Final sin objeto y aplicándose directamente las obligaciones del Distribuidor en calidad de Responsable del tratamiento — en particular la información a los interesados y, en su caso, la notificación de las violaciones a la autoridad de control. El Distribuidor identifica este uso mediante la vinculación de cada agente, en la Consola, a su propia cuenta o a una cuenta Cliente Subyacente, dicha vinculación constituyendo declaración a los efectos del presente artículo.
Los datos relativos a las cuentas de los usuarios del Distribuidor en la plataforma Manivox, a la facturación y a la relación comercial entre Manifone y el Distribuidor son tratados por Manifone en calidad de Responsable del tratamiento, conforme a su política de privacidad, y no están sujetos al presente DPA. Los datos de cuenta de los usuarios del Portal Cliente, creados por el Distribuidor o el Cliente Final, sí están sujetos al presente DPA (Artículo 12). Los datos de identificación de los Clientes Finales asignatarios de los Números, así como los de los firmantes y de los destinatarios de las notificaciones del mandato de gestión de los Números (Artículo 19.1), son tratados por Manifone en calidad de Responsable del tratamiento y no están sujetos al presente DPA.
El Distribuidor comercializa el Servicio según uno de los dos regímenes siguientes, elegido en el Pedido y recordado en el Anexo 6. El Régimen de Marca no tiene ninguna incidencia sobre la calificación de las Partes en virtud del RGPD (Artículo 3), pero determina las obligaciones previstas en los Artículos 4.1, 4.2 y 14.
El Distribuidor comercializa el Servicio bajo la marca « Manivox », concedida bajo licencia por Manifone en virtud del Contrato Marco. La marca Manivox es entonces visible para el Cliente Final y, en su caso, enunciada oralmente por el agente vocal.
Las Partes reconocen que esta visibilidad de la marca Manivox ante el Cliente Final y los Interesados no implica, por sí misma, ningún reconocimiento de la calidad de Responsable del tratamiento directo de Manifone, permaneciendo el contrato de servicio exclusivamente celebrado entre el Distribuidor y el Cliente Final, siendo únicamente la asignación de los números de teléfono al Cliente Final, en virtud del mandato previsto en el Artículo 19.1, la que crea una relación directa entre Manifone, en calidad de operador, y el Cliente Final. El Distribuidor se compromete a informar a sus Clientes Finales del papel exacto de Manifone como Subencargado técnico, conforme al Artículo 13.
El Distribuidor comercializa el Servicio bajo su propia marca, sin referencia a Manifone ni a Manivox ante los Interesados. En este caso:
El Distribuidor puede cambiar de Régimen de Marca mediante un preaviso escrito de sesenta (60) días dirigido a Manifone, sujeto a las condiciones comerciales previstas en el Contrato Marco y a la actualización del Pedido (Anexo 6).
El detalle del tratamiento (naturaleza, finalidades, categorías de Datos y de Interesados, duraciones) figura en el Anexo 1. Manifone solo trata los Datos en la estricta medida necesaria para la prestación del Servicio y conforme a las instrucciones documentadas del Distribuidor, formalizadas en particular por los parámetros de configuración de cada agente de voz y de cada cuenta (flujos, script, retención, idioma, elección del LLM, fuentes de conocimiento, Conectores, usuarios del Portal Cliente).
Manifone solo trata los Datos según instrucciones documentadas del Distribuidor, incluso en lo que respecta a las transferencias de Datos a un tercer país o a una organización internacional, salvo obligación contraria impuesta por el derecho de la Unión Europea o de un Estado miembro, en cuyo caso Manifone informa al Distribuidor de dicha obligación antes del tratamiento, salvo que la legislación aplicable prohíba tal información por motivos importantes de interés público. Los parámetros definidos por el Distribuidor en la plataforma Manivox (retención, supresión, idioma, elección del LLM, flujo y guion, fuentes de conocimiento, Conectores y herramientas, webhooks, usuarios y secciones visibles del Portal Cliente, opción de Almacenamiento en el Cliente) constituyen instrucciones documentadas en el sentido del artículo 28.3.a del RGPD.
Si Manifone considera que una instrucción del Distribuidor constituye una violación del RGPD o de cualquier otra disposición relativa a la protección de datos, lo informa inmediatamente al Distribuidor y puede suspender la ejecución de la instrucción en cuestión en espera de una aclaración.
Manifone implementa las medidas técnicas y organizativas descritas en el Anexo 3, garantizando un nivel de seguridad adecuado al riesgo, incluyendo en particular la seudonimización y el cifrado de los Datos, el aislamiento de los Datos por cuenta, medios que garanticen la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los sistemas, así como procedimientos de prueba y evaluación regulares de dichas medidas.
Manifone garantiza que las personas autorizadas a tratar los Datos están sujetas a una obligación de confidencialidad contractual o legal adecuada y reciben una formación apropiada en protección de datos.
Manifone se compromete a que los Datos no sean en ningún caso utilizados para el entrenamiento, ajuste o mejora de modelos de inteligencia artificial, ya sean propios o de terceros, salvo acuerdo previo y expreso por escrito del Distribuidor para un uso estrictamente definido. Este compromiso se transmite a los Subencargados conforme al Artículo 9.
Manifone se compromete a no realizar, a partir de las grabaciones de voz, ningún tratamiento biométrico destinado a identificar o autenticar de manera única a una persona física (huella vocal), ni ningún reconocimiento de emociones, salvo solicitud expresa y por escrito del Distribuidor, bajo su responsabilidad y dentro de los límites del Artículo 14.3. Las grabaciones de voz se tratan únicamente con fines de transcripción, conducción de la conversación, restitución al Cliente Final y producción de resúmenes de llamadas. Manifone no ofrece clonación de voz.
El Servicio no está específicamente diseñado para el tratamiento de Datos Sensibles. Cuando el Distribuidor configura un agente vocal susceptible de tratar Datos Sensibles (por ejemplo, para un Cliente Final del sector sanitario), se compromete a:
Manifone podrá suspender un agente vocal que trate Datos Sensibles en violación del presente artículo, previa notificación al Distribuidor. El presente artículo sustituye, para los Datos Sensibles, cualquier requisito de adenda que figure en el Contrato Marco.
El Distribuidor autoriza de manera general a Manifone a recurrir a los Subencargados listados en el Anexo 2a (infraestructura y funciones impuestas) para la ejecución de todo o parte del tratamiento de los Datos. Los Anexos 2a a 2c listan los Subencargados de Manifone en la Fecha de Entrada en Vigor. El registro actualizado y vinculante de todos los Subencargados de Manifone se mantiene actualizado en el Registro de Subencargados, que reproduce el Anexo 2a en el espacio Jurídico de la Consola y prevalece sobre los Anexos en caso de divergencia debida a una evolución posterior. Cualquier adición, retirada o sustitución de un Subencargado que intervenga para la plataforma Manivox será objeto de una notificación activa (notificación in-app y/o por correo electrónico) al Distribuidor, a partir de la cual comienzan a correr los plazos de preaviso y objeción previstos en el presente artículo.
Cuando Manifone contrate a un Subencargado, le impondrá, mediante contrato escrito, obligaciones de protección de datos sustancialmente equivalentes a las previstas en el presente DPA, en particular en materia de instrucciones, confidencialidad, seguridad, asistencia, notificación de violaciones, auditoría y destino de los datos, así como la prohibición de utilizar los Datos para fines de entrenamiento prevista en el Artículo 7.1. Cuando el Subencargado no cumpla sus obligaciones en materia de protección de datos, Manifone seguirá siendo plenamente responsable ante el Distribuidor del cumplimiento de dichas obligaciones. Este mecanismo no se aplica a los proveedores, fuentes y herramientas conectados por el Distribuidor en modo BYOK, que son de exclusiva responsabilidad del Distribuidor (Artículo 9.4).
Los Subencargados listados en el Anexo 2a (alojadores, proveedor de reconocimiento de voz, proveedor de síntesis de voz, plataforma de integración de los Conectores, proveedor del LLM de Copilot) son inseparables del Servicio o de la función correspondiente y no pueden ser sustituidos a petición del Distribuidor. De conformidad con el artículo 28.2 del RGPD, cualquier adición o sustitución de uno de estos subencargados será objeto de una notificación activa al Distribuidor al menos treinta (30) días antes de que surta efecto, salvo sustitución necesaria por fallo de un proveedor, incidente de seguridad o exigencia legal, en cuyo caso la notificación se realizará sin demora y, a más tardar, simultáneamente al cambio, pudiendo ejercerse el derecho de oposición en los treinta (30) días siguientes a dicha notificación. En caso de oposición motivada y basada en la protección de datos, el único derecho del Distribuidor es dejar de utilizar la función correspondiente cuando sea opcional (Conectores, Copilot) o, para los componentes inseparables del Servicio, resolver el Servicio, sin penalización, en las condiciones previstas en el Contrato Marco, siendo entonces los Datos tratados conforme al Artículo 20.
Los tratamientos realizados mediante los modelos de lenguaje open-weight autoalojados por Manifone, la base de conocimientos RAG, KB Doctor o cualquier otro componente autoalojado por Manifone, en su infraestructura operada por el proveedor de servicios listado en el Anexo 2a, sin transmisión a un tercero distinto de los subencargados listados en dicho anexo, se describen en el Anexo 2b a título informativo y de transparencia, pero no constituyen una subcontratación ulterior distinta en el sentido del presente artículo.
Cuando el Distribuidor conecta a la plataforma Manivox, mediante un contrato y accesos propios, uno de los siguientes elementos, el tercero en cuestión no es un Subencargado de Manifone:
Manifone actúa entonces únicamente como vector técnico que transmite los Datos hacia el endpoint o la fuente designados por el Distribuidor, bajo sus únicas instrucciones. Las claves y secretos de acceso proporcionados por el Distribuidor se conservan cifrados en la plataforma (Anexo 3); Manifone no registra el contenido de las solicitudes salientes más allá de los registros de llamadas de herramientas sometidas a la retención configurada. Las Variables y registros resultantes de estos intercambios siguen siendo tratados por Manifone en el marco del presente DPA.
El Distribuidor elige, para cada agente vocal o subagente, una de las dos opciones siguientes, cuyo régimen de encargado del tratamiento difiere. Manifone no ofrece ningún LLM de terceros bajo su propio contrato para el tratamiento conversacional :
Opción | Descripción | Régimen aplicable |
|---|---|---|
LLM autoalojado | Modelos de lenguaje open-weight alojados por Manifone en su infraestructura en Francia (operada por un proveedor de servicios de TI), sin transmisión a un tercero para el tratamiento conversacional ; la identidad de los modelos en curso se indica en el Anexo 2b y en el Registro de Encargados del Tratamiento a título informativo | Tratamiento interno — Artículo 9.3 / Anexo 2b |
LLM en BYOK | Proveedor tercero conectado por el Distribuidor con su propio contrato y su propia clave API, facturado directamente por el proveedor | Fuera de la cadena de encargado del tratamiento — Artículo 9.4 / Anexos 2c y 6 |
Manifone ofrece una funcionalidad de generación aumentada por recuperación (RAG) que permite al Distribuidor constituir, para cada cuenta o agente, una base de conocimientos a partir de documentos cargados (PDF, DOCX…), de páginas web indexadas a su solicitud y, en su caso, de fuentes conectadas (Artículo 9.4). La indexación (segmentación, embeddings), el almacenamiento vectorial y la búsqueda son íntegramente autoalojados por Manifone, sin transmisión de los Datos a un tercero distinto de sus proveedores de alojamiento, y se rigen por el Artículo 9.3. Las categorías de Interesados y de Datos tratados a través del RAG dependen de los contenidos libremente indexados por el Distribuidor y no son, por naturaleza, determinadas de antemano por Manifone.
El Distribuidor garantiza que dispone del derecho de indexar cada documento, página o fuente, que su contenido es lícito, que los Datos que contienen son tratados sobre una base legal válida por el Cliente Final correspondiente, y que no incluye ningún Dato Sensible sin respetar el Artículo 8. El Distribuidor es el único responsable de la pertinencia, exactitud y actualización de los contenidos indexados, así como del cumplimiento de las condiciones de uso de los sitios web cuya indexación solicita.
La plataforma Manivox permite a los agentes leer y escribir datos en herramientas empresariales de terceros (CRM, agenda, ticketing, mensajería, etc.) durante la conversación o al final de la llamada, y almacenar los datos así recuperados en forma de Variables. La propia herramienta empresarial (por ejemplo, el CRM del Cliente Final) nunca es un Subencargado de Manifone: pertenece a la relación entre el Distribuidor, su Cliente Final y el editor de la herramienta. Existen dos modos de conexión:
Para cada llamada, Manifone produce y conserva, según los parámetros del Distribuidor: la grabación de audio, la transcripción, un resumen generado por el LLM del agente, las instantáneas de Variables, las métricas técnicas y el registro de llamadas de herramientas (herramienta invocada, parámetros, respuesta, marca temporal). Estos elementos son Datos en el sentido del presente DPA y siguen el periodo de retención configurado para el agente o la cuenta dentro de los límites fijados por el Contrato Marco (por defecto, siete (7) días para el audio conservado por Manifone y trescientos sesenta y cinco (365) días para las transcripciones, resúmenes y registros, salvo duraciones diferentes previstas en el Pedido). Salvo configuración contraria del Distribuidor, las Variables procedentes de los Conectores y servicios web se conservan durante toda la vigencia del Contrato Marco y se eliminan automáticamente a su finalización, en las condiciones previstas en el Artículo 20. El Distribuidor debe asegurarse de no incluir en las Variables ni transmitir por webhook más que los Datos estrictamente necesarios (principio de minimización).
Manifone aloja en el dominio manivox.ai un Portal Cliente, distinto del panel de control del Distribuidor, que permite a los usuarios designados de un Cliente Final conectarse directamente, pudiendo el logotipo del Distribuidor reemplazar al de Manifone, para consultar los datos de su única cuenta: lista de agentes, llamadas y detalle de las llamadas (metadatos, reproductor de audio de las grabaciones, transcripción), Conectores y estadísticas, según las secciones que el Distribuidor haga visibles. El Portal Cliente es de solo lectura, salvo las acciones reservadas a los administradores del portal (gestión de usuarios; introducción directa, actualización y refresco, por parte del Cliente Final, de sus credenciales de acceso a herramientas de terceros — como alternativa a su provisión por el Distribuidor — únicamente en el marco de los Conectores puestos a disposición por el Distribuidor y sin acceso propio a la plataforma de integración).
El Distribuidor se compromete a poner en conocimiento de sus Clientes Finales, en su documentación contractual, la siguiente información, necesaria para el ejercicio por parte de estos de sus obligaciones como Responsables del Tratamiento:
El Distribuidor se compromete a respetar, y a hacer respetar por sus Clientes Finales, en cada país donde se utilice el Servicio, la normativa local aplicable a la grabación de las comunicaciones telefónicas, en particular en materia de información al llamante y, en su caso, de obtención de su consentimiento previo a la grabación. Manifone no impone ningún guion ni mención tipo a este respecto; el Distribuidor determina y aplica, bajo su exclusiva responsabilidad, las menciones y mecanismos adecuados para cada jurisdicción, y configura la grabación (activada, desactivada, duración de retención) en consecuencia. El Anexo 4 recuerda, a título indicativo, las referencias normativas aplicables.
Los roles definidos por el AI Act son independientes de los definidos por el RGPD (Artículo 3) y dependen, en particular, del nombre o la marca bajo los cuales el sistema de IA se comercializa. Las Partes acuerdan la siguiente distribución, sin perjuicio de la calificación que resulte de los hechos.
Manifone diseña la plataforma Manivox de manera que permita informar a los Interesados de que interactúan con un sistema de inteligencia artificial, en particular mediante el mensaje de bienvenida configurable del nodo de inicio de cada agente. El Distribuidor, en calidad de Desplegador (Opción 1) o de Proveedor (Opción 2), es responsable de la activación y de la formulación efectiva de esta información en cada agente de voz que configure, salvo en los casos en que resulte evidente por el contexto. Se compromete a no desactivar ni eludir los mecanismos de transparencia puestos a disposición por la plataforma, conforme a las condiciones de uso aceptables del Contrato Marco.
El Distribuidor se compromete a no configurar, y a no permitir que sus Clientes Finales configuren, agentes de voz que correspondan a sistemas de IA de alto riesgo contemplados en el Anexo III del AI Act (en particular la evaluación y clasificación de llamadas de emergencia, el reclutamiento y la gestión de trabajadores, la evaluación de la solvencia o el acceso a prestaciones esenciales) sin el acuerdo previo por escrito de Manifone, ni agentes que implementen una práctica prohibida por el artículo 5 del AI Act (en particular la manipulación o explotación de vulnerabilidades, el reconocimiento de emociones en el lugar de trabajo o en la enseñanza). Las condiciones detalladas de este compromiso figuran en el Contrato Marco. Manifone puede suspender cualquier agente que infrinja el presente artículo.
Manifone proporciona al Distribuidor, en la medida razonablemente necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del AI Act, la información relativa a las capacidades, límites y condiciones de uso de la plataforma y de sus componentes (en particular la documentación para desarrolladores publicada), con sujeción a la protección de sus secretos comerciales. En la Opción 2, esta información se proporciona en virtud del acuerdo escrito previsto en el artículo 25(4) del AI Act, del que el presente artículo hace las veces.
Las salidas vocales de los agentes son contenidos de audio sintéticos en el sentido del artículo 50(2) de la AI Act. Manifone implementa, en la medida de lo técnicamente posible teniendo en cuenta las limitaciones de la telefonía (banda estrecha, códecs, transcodificaciones por parte de los operadores terceros) y el estado de la técnica, las medidas de marcado legible por máquina de los contenidos de audio generados, apoyándose en particular en las capacidades de marcado de su proveedor de síntesis vocal y en la sistemática registro del carácter sintético de los segmentos de audio emitidos y de las grabaciones conservadas. Manifone documenta las medidas implementadas y sus límites técnicos y las comunica al Distribuidor en virtud del Artículo 14.4. El Distribuidor, en calidad de Desplegador (Opción 1) o de Proveedor (Opción 2), se abstiene de desactivar o alterar dichas medidas y, adicionalmente, implementa la información a los Interesados prevista en el Artículo 14.2, que constituye en la telefonía la principal medida de transparencia efectiva.
Manifone asiste al Distribuidor, en la medida de lo posible y teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, para responder a las solicitudes de ejercicio de los derechos de los Interesados (acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, oposición) que el Distribuidor o sus Clientes Finales reciban, en particular mediante las funciones de consulta, exportación y supresión de llamadas disponibles en el panel de control y la API, así como para la ejecución de sus obligaciones en virtud de los artículos 32 a 36 del RGPD (seguridad, notificación de violaciones, evaluación de impacto relativa a la protección de datos, consulta previa a la autoridad de control). Si un Interesado se dirige directamente a Manifone, esta no responde sobre el fondo y transmite la solicitud al Distribuidor sin demora.
Manifone notifica al Distribuidor cualquier Violación de la Seguridad de los Datos Personales a la mayor brevedad y, en todo caso, a más tardar cuarenta y ocho (48) horas después de haber tenido conocimiento de la misma, de conformidad con el artículo 33.2 del RGPD, con el fin de permitir al Distribuidor informar a su vez a sus Clientes Finales a la mayor brevedad y a estos cumplir, en su caso, el plazo de setenta y dos (72) horas que les es aplicable frente a la autoridad de control competente a partir del momento en que tengan conocimiento de la misma. La notificación se realiza por fases, como permite el artículo 33.4 del RGPD: una notificación inicial en el plazo antes mencionado, incluso si el análisis no está finalizado, indicando la naturaleza del incidente, su alcance presunto y las cuentas afectadas; luego, complementos a medida que se disponga de información, precisando las categorías y el número aproximado de Interesados y de Datos afectados, las consecuencias probables y las medidas tomadas o propuestas. Manifone documenta toda Violación de la Seguridad de los Datos Personales y coopera con el Distribuidor para su análisis y remediación. Las obligaciones propias de Manifone en calidad de operador de comunicaciones electrónicas (Artículo 19.1), en particular la notificación directa a la autoridad competente para los datos que trata en dicha calidad, se aplican independientemente del presente artículo.
Cuando la Violación de la Seguridad de los Datos Personales concierne a un proveedor, una fuente o una herramienta conectada en modo BYOK, la notificación incumbe en primer lugar al Distribuidor frente a su Cliente Final, sin perjuicio de la obligación de información recíproca entre las Partes.
Manifone pone a disposición del Distribuidor la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en el presente DPA y permite la realización de auditorías, incluidas inspecciones, realizadas por el Distribuidor o por un tercero independiente designado por él y sujeto a confidencialidad, mediante un preaviso escrito razonable de 30 días y respetando la seguridad y la confidencialidad de los demás clientes de Manifone. Manifone podrá cumplir con esta obligación mediante la entrega de un informe de auditoría o de una certificación equivalente (por ejemplo, SOC 2, ISO 27001) cuando disponga de ella.
Cualquier auditoría o inspección realizada a solicitud del Distribuidor, incluida la primera, podrá ser objeto de facturación por parte de Manifone según las modalidades (tiempo empleado o tarifa fija) comunicadas previamente al Distribuidor, con excepción de las auditorías que resulten necesarias por una Violación de la Seguridad de los Datos Personales imputable a Manifone o por una solicitud de una autoridad de control, que serán gratuitas.
El núcleo de la plataforma Manivox (orquestación, telefonía, bases de datos, RAG, LLM autoalojados, instancia principal de síntesis vocal, Portal Cliente) está alojado en Francia, en una infraestructura de la que Manifone es propietaria y cuya explotación técnica está asegurada por un proveedor de servicios gestionados francés, listado en el Anexo 2a. Sin embargo, algunos Subencargados listados en el Anexo 2a son sociedades de derecho no-europeo (en particular estadounidenses), incluso cuando su infraestructura de tratamiento está localizada en la Unión Europea, y algunos tratan los Datos fuera de la Unión Europea.
Las Partes reconocen que un Subencargado de derecho no europeo puede seguir estando sujeto a la legislación extraterritorial de su país de origen (en particular el CLOUD Act estadounidense), susceptible de permitir el acceso a los Datos por parte de las autoridades de ese país mediante requerimiento, independientemente de la localización física de los servidores. El detalle de este riesgo, subencargado por subencargado, figura en el Anexo 2a y en el Registro de Subencargados. Las Partes acuerdan una cláusula de transparencia: el Distribuidor reconoce haber sido informado de este riesgo y aceptar su alcance, correspondiéndole informar a sus Clientes Finales conforme al Artículo 13. Cuando se produzca una transferencia efectiva de Datos fuera de la Unión Europea, Manifone se asegura de que esté regulada por un mecanismo previsto en el capítulo V del RGPD (cláusulas contractuales tipo, decisión de adecuación o marco EU-US Data Privacy Framework). El Distribuidor que desee limitar el tratamiento por subencargados no europeos opta por el LLM autoalojado (Artículo 10) y se abstiene de utilizar o poner a disposición de sus Clientes Finales las funciones opcionales basadas en dichos subencargados (Conectores, Copilot), las cuales no dan lugar a ninguna transmisión de Datos en ausencia de uso efectivo. Para los componentes indisociables del Servicio, el régimen aplicable es el del Artículo 9.2, incluida la facultad de rescisión sin penalización prevista en el mismo.
Manifone explota una infraestructura de telecomunicaciones propia y posee su propia declaración o autorización de operador de comunicaciones electrónicas (en particular ante la ARCEP en Francia, o ante la autoridad equivalente según el país correspondiente) para la provisión de los números de teléfono y de las líneas de llamada, incluso para las campañas de llamadas salientes. Dichos números son asignados por Manifone al Cliente Final por cuenta del cual se explotan los agentes, que pasa a ser su asignatario, o al Distribuidor para los agentes explotados para sus propias necesidades. El Distribuidor los contrata, los resuelve y los configura en calidad de mandatario del Cliente Final, en virtud de un mandato de gestión de los Números firmado electrónicamente desde la Consola, cuyas estipulaciones esenciales figuran en el Anexo D de las CGU; Manifone no es parte de dicho mandato. En este sentido, Manifone está sujeta a obligaciones legales propias y autónomas, en particular de conservación de ciertos datos de tráfico (números llamantes y llamados, duración, sellado de tiempo) y de respuesta a los requerimientos de las autoridades competentes, que se aplican independientemente de las instrucciones del Distribuidor y de los parámetros de retención definidos por otra parte en virtud del presente DPA. Estas obligaciones no se rigen por el artículo 28 del RGPD y son ejecutadas por Manifone en calidad de responsable de sus propias obligaciones reglamentarias.
Cuando el Distribuidor o el Cliente Final conecta su propia infraestructura telefónica (IPBX, SBC o núcleo de red) a la red de Manifone mediante trunk SIP, sigue siendo responsable de su propia red, de sus propias obligaciones de operador o de usuario, y de la seguridad de sus equipos hasta el límite de interconexión con la red de Manifone. La autenticación del trunk se basa en las direcciones IP de origen declaradas por el Distribuidor, quien garantiza su exactitud y actualización. El medio es retransmitido por los servidores de Manifone; el Distribuidor da preferencia al transporte SIP sobre TLS con cifrado SRTP del medio, quedando el transporte UDP no cifrado bajo su exclusiva responsabilidad. Los datos aplicativos transmitidos en los encabezados SIP personalizados se convierten en Variables en el sentido del presente DPA.
El Distribuidor reconoce que, desde el 11 de agosto de 2026, toda llamada saliente con fines de prospección comercial dirigida a un consumidor está sujeta, en Francia, a un régimen de consentimiento previo (artículo L223-1 del Código de Consumo, tal como fue modificado por la ley n.º 2025-594 del 30 de junio de 2025 y su decreto de aplicación n.º 2026-662 del 23 de julio de 2026), suprimiéndose el servicio Bloctel, y que siguen siendo aplicables las reglas relativas a los días, horarios y frecuencias autorizados de prospección telefónica, así como a la identificación del llamante. Regímenes equivalentes o diferentes pueden aplicarse en otros países y a la prospección entre profesionales. Las funciones de franjas horarias, cadencia y nuevos intentos de las campañas Manivox son configuradas por el Distribuidor en consecuencia.
A la terminación, por cualquier causa, del Contrato Marco o del presente DPA, Manifone, a elección del Distribuidor expresada en un plazo de 30 días, suprime o restituye en un formato estructurado y de uso común todos los Datos tratados por su cuenta (incluyendo grabaciones, transcripciones, resúmenes, Variables, registros de llamadas de herramientas, contenidos indexados y cuentas del Portal Cliente), revoca las conexiones establecidas a través de la plataforma de integración, deja de escribir en la infraestructura de Almacenamiento en el Cliente (cuyo contenido permanece bajo el exclusivo control del Distribuidor) y destruye las copias existentes, salvo obligación legal de conservación, en particular la prevista en el Artículo 19.1. En ausencia de elección expresada en este plazo, los Datos son suprimidos. La restitución o supresión se realiza en un plazo de 30 días y Manifone lo certifica por escrito a solicitud. La supresión de una cuenta de Cliente Final durante el contrato, a solicitud del Distribuidor, sigue las mismas reglas para los Datos de dicha cuenta.
La responsabilidad de cada Parte en virtud del presente DPA se rige por el régimen de responsabilidad y, en su caso, de limitación previsto en el Contrato Marco, que se aplica al presente DPA como si estuviera íntegramente reproducido. Por excepción, las garantías específicas otorgadas por el Distribuidor en los Artículos 9.4, 11.1, 12 y 19.3 (terceros conectados en BYOK, contenidos indexados, autorizaciones del Portal Cliente, campañas de prospección) no están sujetas a dicha limitación. Cada Parte responde, frente a la otra, por los daños causados por sus propios incumplimientos del presente DPA, sin perjuicio del régimen de responsabilidad previsto en el artículo 82 del RGPD respecto de los Interesados.
Cada Parte designa un punto de contacto para cualquier cuestión relativa a la protección de datos, mencionado en el Anexo 6. Para Manifone: el Delegado de Protección de Datos, disponible en la dirección dpo@manifone.com o por correo postal a Manifone S.A.S. — DPO — Rue Henri Becquerel, 56000 Vannes. El Distribuidor proporciona su propio punto de contacto al registrarse y lo mantiene actualizado. Las notificaciones previstas en el presente DPA se realizan válidamente a estas direcciones y, para Manifone, mediante notificación in-app en la plataforma.
Manifone puede modificar el presente DPA, en particular para tener en cuenta una evolución legislativa, reglamentaria, jurisprudencial o de las recomendaciones de las autoridades de control, o una evolución del Servicio. Cualquier modificación será objeto de una notificación activa al Distribuidor (notificación in-app y/o correo electrónico) al menos sesenta (60) días antes de su entrada en vigor, en coherencia con el artículo 19 de las CGU, estando la versión modificada accesible mediante enlace con indicación de su fecha y número de versión. Si el Distribuidor rechaza una modificación sustancial que reduzca el nivel de protección de los Datos, podrá rescindir el Contrato Marco sin penalización mediante notificación escrita antes de la entrada en vigor de la modificación, siendo entonces los Datos tratados conforme al Artículo 20. En caso contrario, la continuación del uso del Servicio después de la entrada en vigor implica aceptación. Las modificaciones impuestas por la ley o una autoridad de control se aplican en la fecha de su entrada en vigor legal.
El presente DPA entra en vigor en la Fecha de Entrada en Vigor y permanece aplicable durante toda la duración del Contrato Marco, así como, en su caso, durante el tiempo necesario para la ejecución de las obligaciones residuales previstas en el Artículo 20.
En caso de contradicción entre el presente DPA y el Contrato Marco, las estipulaciones del presente DPA prevalecen para cualquier cuestión relativa a la protección de los Datos. El presente DPA está redactado en lengua francesa; en caso de traducción, prevalece la versión francesa. Se rige por el derecho francés. Cualquier litigio relativo a su validez, interpretación o ejecución corresponde, tras un intento de resolución amistosa en las condiciones previstas en el Contrato Marco, a la competencia exclusiva de los tribunales del ámbito de la Corte de Apelación de París, sin perjuicio de la pluralidad de demandados o llamada en garantía, sujeto a las normas imperativas de competencia aplicables en materia de protección de datos.
El presente DPA, documento autónomo referenciado por el Contrato Marco y accesible mediante enlace desde el mismo y desde la Consola, es concluido por adhesión : se considera aceptado por el Distribuidor por el solo hecho de su aceptación de las Condiciones Generales de Uso — cualquiera que sea la modalidad, aceptación del Pedido o cualquier otro acto de aceptación registrado —, en la fecha de dicha aceptación y en la versión entonces vigente, sin que se requiera una firma separada. El Distribuidor reconoce haber tenido acceso al texto íntegro del presente DPA previamente a dicha aceptación.
En cualquier momento, el Distribuidor puede generar desde la Consola una copia de confirmación del presente DPA, que recoge la versión aplicable, la fecha de aceptación y la identificación de las Partes, con la firma de Manifone y destinada a recibir la del Distribuidor. Esta copia tiene valor probatorio y de confirmación: su firma no condiciona ni la validez ni la entrada en vigor del presente DPA, ya concluido por adhesión, y, en caso de discrepancia, prevalece la versión aceptada en línea.
Sección | Descripción |
|---|---|
Objeto | Prestación de una plataforma de agentes vocales IA (STT, TTS, alojamiento, telefonía, LLM autoalojados o de terceros, base de conocimientos RAG, Conectores, funciones de asistencia por IA, Portal Cliente, API) que permite al Distribuidor explotar agentes vocales configurados por él mismo para sus Clientes Finales o para sus propias necesidades. |
Naturaleza de las operaciones | Recogida y grabación de audio, transcripción en tiempo real, análisis conversacional y generación de respuestas por LLM, síntesis de voz, generación de resúmenes de llamadas, indexación y búsqueda en bases de conocimientos, lectura y escritura en herramientas empresariales mediante Conectores y servicios web, almacenamiento de Variables, registro de llamadas de herramientas, transmisión de webhooks a los endpoints del Distribuidor, puesta a disposición a través de panel de control, Portal Cliente y API, encaminamiento telefónico entrante y saliente, campañas de llamadas. |
Finalidad | Explotación del Servicio de agente vocal suscrito por el Cliente Final a través del Distribuidor (recepción, concertación de citas, información, soporte, prospección, etc., según la configuración del Distribuidor). |
Categorías de Datos | Grabaciones de audio; transcripciones; resúmenes de llamadas; metadatos de llamadas (números llamante y llamado, duración, marca de tiempo, estado, agente y nodos recorridos); contenido conversacional; Variables (procedentes de los Conectores, servicios web, cabeceras SIP y de la conversación); registros de llamadas de herramientas (parámetros y respuestas); contenidos indexados en la base de conocimientos; listas de contactos de campañas salientes; datos de cuenta de los usuarios del Portal Cliente; datos de tráfico de telecomunicaciones conservados por Manifone en virtud de sus obligaciones como operador (Artículo 19). Datos Sensibles únicamente en las condiciones del Artículo 8. |
Categorías de Interesados | Llamantes y personas llamadas; contactos que figuran en las herramientas empresariales, agendas y fuentes conectadas; personas mencionadas en los contenidos indexados; usuarios del Portal Cliente; en su caso, empleados o representantes del Cliente Final y del Distribuidor. |
Duración del tratamiento | Duración del Contrato Marco, aumentada por la duración de retención configurada por el Distribuidor para cada agente o cuenta dentro de los límites del Contrato Marco (por defecto: siete (7) días para el audio conservado por Manifone y trescientos sesenta y cinco (365) días para las transcripciones, resúmenes y registros, salvo duraciones diferentes previstas en el Pedido); en caso de Almacenamiento en el Cliente, el audio no es conservado por Manifone más allá del tratamiento de la llamada; para las Variables, duración del Contrato Marco con purga automática al finalizar salvo configuración contraria (Artículo 11.3); para los datos de tráfico de telecomunicaciones, duración legal propia de Manifone como operador (Artículo 19.1). |
Lista a la Fecha de Entrada en Vigor; el registro que hace fe es la versión actualizada del presente anexo en el espacio Jurídico de la Consola (el Registro de Encargados del Tratamiento, Artículo 9), consultable también, en forma de lista neutra, por los usuarios del Portal Cliente. Este registro no es público: el Distribuidor transmite su contenido a los Clientes Finales que no tienen acceso, conforme al Artículo 13.
Subencargado | Función y tratamiento | Datos transmitidos | Localización y riesgo de transferencia |
|---|---|---|---|
IP Garde | Gestión remota y operación técnica, por cuenta de Manifone, del hardware y los centros de datos en Francia que alojan la orquestación, la telefonía, las bases de datos, RAG, LLMs autoalojados, TTS principal y Portal de Cliente. IP Garde no es propietaria de la infraestructura y accede a los Datos únicamente en el marco de sus intervenciones de mantenimiento. | Conjunto de Datos, de manera incidental a la mantenimiento | Sociedad de derecho francés. Ningún problema de transferencia internacional ni riesgo al amparo de la Ley CLOUD. |
Scaleway | Alojamiento (datacenters en Francia) de la infraestructura del SI Manivox: servidores LLM, servicio RAG, bases de datos, almacenamiento de objetos de las grabaciones | Conjunto de Datos del Servicio | Sociedad de derecho francés, datacenters en Francia. Ningún problema de transferencia internacional ni riesgo en virtud de la Ley CLOUD. |
Freepro | Alojamiento (datacenters en Francia) de parte del SI de Manifone (telefonía, sistemas de soporte) | Datos de tráfico de telecomunicaciones y datos que transitan por los sistemas alojados | Sociedad de derecho francés. Ningún problema de transferencia internacional ni riesgo en virtud de la Ley CLOUD. |
UltraEdge | Alojamiento (datacenters en Francia) de parte del SI de Manifone (telefonía, sistemas de soporte) | Datos de tráfico de telecomunicaciones y datos que transitan por los sistemas alojados | Sociedad de derecho francés. Ningún problema de transferencia internacional ni riesgo en virtud de la Ley CLOUD. |
Soniox | Reconocimiento de voz (STT) | Flujo de audio sin procesar | Empresa de derecho estadounidense; alojada en la Unión Europea. Riesgo teórico de acceso por parte de las autoridades estadounidenses en virtud de la Ley CLOUD, independientemente de la ubicación de los servidores en la UE (Artículo 18). |
Cartesia, télémétrie | Síntesis de voz (TTS), instancia principal autoalojada en Manifone | Contadores de uso con fines de facturación únicamente, sin identificadores vinculados a una persona física | Empresa de derecho estadounidense; telemetría transmitida a sus servidores (Estados Unidos). Tratamiento no personal, listado a título informativo y de transparencia. |
Cartesia, failover | Síntesis de voz de reserva, activada únicamente en caso de incidente en la instancia autoalojada | Texto de las respuestas generadas por el agente, transmitido para síntesis; audio sintetizado devuelto. La voz del interlocutor nunca se transmite a Cartesia | Empresa de derecho estadounidense; procesamiento en la zona UE de la nube de Cartesia. Riesgo teórico en virtud de la Ley CLOUD (Artículo 18), limitado al texto de las respuestas del agente. |
Composio | Plataforma de integración de Conectores a herramientas de negocio (función opcional, activada por cuenta) | Tokens OAuth y credenciales de acceso a las herramientas de negocio de los Clientes Finales; parámetros y respuestas de las acciones ejecutadas por los agentes, que pueden contener Datos recopilados durante las llamadas | Empresa sujeta a derecho estadounidense; ubicación de los servidores por confirmar. Riesgo de acceso en virtud de la Ley CLOUD (Artículo 18). |
OpenRouter, acheminant vers Anthropic | Puerta de acceso al LLM de la función Copilot (función opcional, activada por organización) | Contenidos enviados por los usuarios del Distribuidor en Copilot: configuración y prompts de agentes, extractos de transcripciones o bases de conocimientos. Nunca audio ni datos de llamadas en directo | OpenRouter y Anthropic: sociedades de derecho estadounidense, tratamiento en Estados Unidos. Riesgo de acceso en virtud de la Ley CLOUD (Artículo 18). |
Manifone opera, en su infraestructura propia en Francia, gestionada por el proveedor de servicios de TI y completada en su caso por los proveedores de alojamiento terceros listados en el Anexo 2a, los siguientes componentes, sin transmisión de los Datos a otro tercero: los modelos de lenguaje open-weight autoalojados utilizados por los agentes (Manivox.ai LLM QWEN3.8-27B y Manivox.ai LLM PROD 36B, que pueden explotarse en paralelo) y por KB Doctor (Manivox.ai LLM QWEN3.8-27B) ; la identidad de los modelos en curso se indica en el Anexo 2b y en el Registro de Encargados del Tratamiento a título informativo; la instancia principal de síntesis vocal Cartesia (excepto telemetría); el corte, el modelo de embedding, la base vectorial y la búsqueda de la funcionalidad RAG; la generación de resúmenes de llamadas cuando se basa en un LLM autoalojado; las bases de datos de llamadas, de Variables y del Portal Cliente; la infraestructura telefónica (SBC, pasarelas de medios). Estos tratamientos corresponden al Artículo 9.3 y se mencionan aquí a título de transparencia.
Componente | Naturaleza |
|---|---|
Manivox.ai LLM QWEN3.8-27B | modelo de lenguaje autoalojado de pesos abiertos, utilizado por los agentes y por KB Doctor |
Manivox.ai LLM PROD 36B | modelo de lenguaje autoalojado de pesos abiertos, utilizado por agentes |
Los LLM personalizados, servicios web, endpoints de webhooks, proveedores de Chatbot, servidores MCP, bases de conocimientos y fuentes conectadas por el Distribuidor mediante sus propios accesos no son Subencargados de Manifone (Artículo 9.4). Como Manifone no ofrece ningún LLM de terceros bajo su propio contrato para los agentes vocales, todo LLM distinto del modelo autoalojado está sujeto a este régimen. La lista de terceros declarados por cada Distribuidor mediante la declaración realizada en la Consola (Artículo 9.4) es mantenida actualizada por Manifone como registro interno y no implica ningún reconocimiento de responsabilidad de Manifone respecto a estos terceros.
Gobernanza
Alojamiento e infraestructura
Protección de Datos
Control de acceso
Seguridad operativa
El presente anexo recuerda, a título indicativo y no exhaustivo, los principales textos aplicables a las obligaciones descritas en los Artículos 13.2, 14 y 19.3. No tiene valor de guion impuesto.
[Anexo reservado: a completar por Manifone si se pone a disposición del Distribuidor un modelo tipo de información para los Clientes Finales, conforme al Artículo 13.]
La siguiente información se proporciona en el Pedido o en la Consola en el momento de la suscripción y es mantenida actualizada por el Distribuidor; forma parte integrante del presente DPA.
Sección | Valor |
|---|---|
Régimen de Marca (Artículo 4) | [commande.regime_marque] |
Punto de contacto de protección de datos del Distribuidor (Artículo 22) | [distributeur.dpo_nom], [distributeur.dpo_fonction], [distributeur.dpo_email] |
Punto de contacto de protección de datos de Manifone (Artículo 22) | Delegado de Protección de Datos — dpo@manifone.com — Manifone S.A.S., Rue Henri Becquerel, 56000 Vannes |
Conclusión por adhesión (Artículo 26)
El presente DPA se considera aceptado por el Distribuidor por el solo hecho de aceptar las Condiciones Generales de Uso de la plataforma Manivox, sin que se requiera una firma separada, conforme al Artículo 26.